Legislación sobre el defensor del pueblo /
- Tercera edición.
- 37 páginas : ilustraciones, fotografías ; 22 x 22 cm.
En los inicios del año 2001 se incorporó al Estado Dominicano una nueva figura: El Defensor del pueblo, creado mediante la Ley No. 19-01 de fecha 1ro. De febrero de 2001, cuya misión es contribuir a salvaguardar los Derechos Humanos y Derechos Fundamentales de las personas frente a las acciones u omisiones ilegales o arbitrarias de funcionarios públicos, órganos del Estado y entidades prestadoras de servicios públicos, así como cualquier particular que afecte intereses colectivos y difusos.
Con la puesta en circulación de esta nueva impresión de recopilación de normativas y fragmentos de legislación sobre el Defensor del Pueblo, así como la presentación del Organigrama del Estado Dominicano y el organismo interno de esta institución, nuestro interés es lograr que la población, especialmente su segmento más desprotegido, conozca a plenitud sus derechos y los ejercite sin miedo ni temor, con firmeza, confianza y seguridad de que sus reclamos serán canalizados.
Legislación--República Dominicana
En los inicios del año 2001 se incorporó al Estado Dominicano una nueva figura: El Defensor del pueblo, creado mediante la Ley No. 19-01 de fecha 1ro. De febrero de 2001, cuya misión es contribuir a salvaguardar los Derechos Humanos y Derechos Fundamentales de las personas frente a las acciones u omisiones ilegales o arbitrarias de funcionarios públicos, órganos del Estado y entidades prestadoras de servicios públicos, así como cualquier particular que afecte intereses colectivos y difusos.
Con la puesta en circulación de esta nueva impresión de recopilación de normativas y fragmentos de legislación sobre el Defensor del Pueblo, así como la presentación del Organigrama del Estado Dominicano y el organismo interno de esta institución, nuestro interés es lograr que la población, especialmente su segmento más desprotegido, conozca a plenitud sus derechos y los ejercite sin miedo ni temor, con firmeza, confianza y seguridad de que sus reclamos serán canalizados.
Legislación--República Dominicana